Mozilla/5.0 (X11; Linux x86_64) AppleWebKit/537.36 (KHTML, like Gecko) HeadlessChrome/94.0.4606.61 Safari/537.36 Los seguros de vida y sus beneficiarios
Correduria de seguros

¿Quién cobra un seguro de vida?

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Es importante contratar una póliza de vida para garantizar una indemnización suficiente para salvar la situación económica de la familia que pierde a un ser querido.

Es el tomador de la póliza quien puede designar a las personas que quiera, sin importar que exista parentesco, como beneficiarios. No obstante, podrá modificarlo tantas veces como quiera mientras el contrato esté vigente.

Es importante recalcar que el beneficiario tiene que estar al corriente tanto de la existencia de la póliza como de los datos de la misma, para poder reclamarlo a la compañía en el momento que se produzca el siniestro.

¿Qué sucede si el beneficiario de la póliza fallece anteS que el asegurado?

No es habitual, pero es una situación que puede producirse, por ello es recomendable establecer más de un beneficiario. No obstante, la indemnización irá destinada a los herederos establecidos por la ley.

Pongamos un ejemplo: un hombre establece como heredera a su mujer. En el caso de que ella fallezca antes que el asegurado, los beneficiarios será los hijos, repartiéndose de forma equitativa.

¿Y si no hay beneficiarios?

Hay casos en los que el asegurado no ha establecido expresamente un beneficiario. En este caso la indemnización no se pierde, si no que se destina a los familiares (herederos legales, al igual que en el ejemplo anterior)

En ambos casos, si no hubiera hijos o no estuvieran vivos, pasan a ser los padres del asegurado los beneficiarios de la indemnización.

Otros factores a tener en cuenta:

Debe ser el beneficiario quien reclame la indemnización a la aseguradora. Hay muchos seguros que se quedan sin cobrar por desconocimiento de la existencia de la misma. La aseguradora sólo abonará la indemnización si hay notificación del fallecimiento del asegurado por parte de los beneficiarios.

Muchos seguros de vida se quedan sin cobrar precisamente por este motivo. No obstante, se puede recurrir al Registro de Seguros de Vida, y hacer la consulta.

Además, si no se ha hecho designación expresa del beneficiario, es necesario haber liquidado previamente el Impuesto de Sucesiones, y presentar la designación de los herederos efectuada ante notario.

Como ves, contratar un seguro de vida es tan personal como necesario, ya que no sabemos la situación en la que se encontrarán nuestros familiares cuando faltemos. Por ello es necesario buscar un seguro que proteja a nuestros seres queridos.

El mejor asesoramiento con Rosillo Hnos.

Llámanos al 913199879 o bien escríbenos a contratacion@rosillohnos.com y nuestros profesionales te recomendarán el seguro que más se ajuste a tus necesidades y las de tu familia.

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